Testamento y Divorcio: ¿Cuándo Revocarlo, Anularlo o Hacer uno Nuevo?

Es importante conocer la repercusión legal del testamento y divorcio para saber si es conveniente hacer un nuevo testamento a partir del divorcio, especialmente si se trata de una separación con hijos.

¿Qué pasa con un testamento otorgado antes del divorcio?

No existe la anulación del testamento con el divorcio, de manera que un testamento anterior será revocado por un testamento posterior. Es posible revocar un testamento tras divorcio otorgando un nuevo testamento que determine de manera actualizada los beneficiarios de nuestros bienes tras nuestro fallecimiento.

Hacer nuevo testamento supone la anulación del testamento, no por el divorcio, sino por el nuevo testamente que deja sin efecto todos los anteriores. El divorcio no anula los testamentos anteriores, será válido el último, es algo que hay que tener muy presente para evitar que prevalezca un testamento que realmente no se corresponde con lo que queremos y que puede dejar derechos a nuestro excónyuge.

  1. Ineficacia automática de cláusulas a favor del cónyuge

La cláusula a favor del cónyuge, con esa redacción, no podrán ser aplicables, habida cuenta de que ya no es cónyuge. Pero hay que estudiar la redacción de cada testamento, pues podría quedar al tiempo de nuestro fallecimiento una cláusula que genere problemas y desavenencias entre nuestra expareja con nuestros hijos o demás familiares por no tener actualizado adecuadamente el testamento a nuestras circunstancias personales.

 

¿Es suficiente esperar o es necesario hacer uno nuevo?

Lo recomendable es que, si una persona ha otorgado testamento estando casada y después se divorcia, que revise el contenido del testamento y ante la duda, que actualice su testamento desde la posición legal de divorciado o divorciada.

  1. Ventajas de revocar expresamente el testamento previo

Las ventajas de revocar el testamento anterior con un nuevo testamento son:

  • Que se actualizará la decisión respecto de los herederos que percibirán nuestros bienes.
  • Se actualizará nuestro estado civil.
  • Se actualizará la fecha en la que hemos tomado la decisión de del nuevo testamento.
  • Podremos añadir nuevas estipulaciones añadidas.

  2. Riesgos de no actualizar el testamento tras el divorcio

Los riesgos de no actualizar el testamento tras el divorcio son varios:

  • Que en el testamento anterior se haya regulado derechos a favor de nuestro cónyuge.
  • Que no contemplemos quien preferimos que ostentara los cuidados de nuestros hijos si faltamos.
  • Que no se haya establecido quien administrará los bienes que dejemos a nuestros hijos. Incluso e posible que en el testamento se declaren los derechos del otro progenitor. Si la relación es adecuada, se pueda mantener, pero de no ser así, o natural y recomendable es actualizarlo conforme a nuestros deseos y decisiones después del divorcio.

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Pasos para hacer un nuevo testamento tras el divorcio

No existen pasos previos para hacer un nuevo testamento tras el divorcio, simplemente acudir al notario para perfeccionar su voluntad actualizando su estado civil como persona divorciada. A pesar de no ser un paso imprescindible, es recomendable acudir a un despacho de abogados de herencias y testamentos para recibir las pautas adecuadas para tomar las mejores decisiones para que la decisión del nuevo testamento sea acertada.

  1. Nombrar nuevos beneficiarios (hijos, albacea, tutor)

Será muy importante delimitar y concretar los beneficiarios de los bienes de la herencia actualizados al tiempo del divorcio. Lo normal es que en un divorcio con hijos menores los beneficiarios sean los menores, pero se establezca un albacea o tutor para la administración de los bienes de la herencia.

  2. Establecer condiciones y exclusiones legales

Es procedente establecer condiciones y exclusiones legales en caso de que la herencia quiera someterse a ciertas pautas. Lo normal es que la herencia disponga bienes y deudas a cada heredero sin condición, pero se debe de ser consciente de que de no establecer nada, precisamente no tendrá condición para pasar a ser titular cada persona de los bienes que le ha sido asignado.

 

Revocación, anulación, nulidad y nuevo testamento.

Existen posibilidades de efectuar la vía revocación, anulación o nulidad de un testamento, pero lo normal es que se proceda a otorgar un nuevo testamento ante notario.

  1. Revocación expresa

Revocar un testamento realmente no es práctico, pues habría que valorar cuál sería el anterior testamento aplicable o si incluso no existe testamento anterior. Lo mas recomendable es otorgar un nuevo testamento que deje sin efecto al anterior sin necesidad de revocación expresa, pues todo testamento deja sin efecto como normal general todos los anteriores.

  2. Divorcio y nuevo testamento.

Lo más recomendable en caso de divorcio es que ambos cónyuges revisen qué testamento está vigente y, de haberlo efectuado uno durante el matrimonio que efectivamente dejará abiertos posibles derechos del matrimonio, para evitar conflictos de intereses y pleitos posteriores ante un hipotético fallecimiento, lo mejor es otorgar un nuevo testamento.

 

Implicaciones si no se revoca el testamento

Lo que puede ocurrir en los casos en los que no sea revocado el matrimonio después del divorcio es que si llega el momento del fallecimiento, el otro cónyuge pueda hacer pretender hacer valer derechos que hayan podido ser reconocidos en el testamento.

  1. Posibles conflictos legales con el excónyuge

Pueden existir conflictos legales con el excónyuge y los nuevos herederos, que pueden ser los hijos, nueva pareja o familiares. Las afirmaciones que se hagan en vida no son vinculantes, pues la herencia sólo puede ser renunciada o aceptada ante notario y una vez llega el fallecimiento. De no cambiar el testamento se estaría incurriendo en el riesgo de que el conflicto de intereses acabe en controversia y el documento rector de la herencia, no estará actualizado, lo cual será un grave problema de interpretación.

  2. Impacto en la herencia de los hijos

El impacto de la herencia en los hijos es máximo, pues con el sistema de legítimas, todo hijo respecto del que no concurra causa de desheredación tendrá derecho a una parte de herencia legítima. En el resto de la herencia, de no haber testamento también serían herederos, pero de haber un testamento no actualizado puede existir conflicto de intereses si en el testamento se nombra heredero al otro cónyuge. Especialmente si los hijos son menores pueden dar lugar a posibles intereses contrapuestos.

Lo normal es que a partir del divorcio se otorgue ante notario un nuevo testamento excluyendo al excónyuge de la herencia. Una vez divorciados, los excónyuges no son herederos forzosos, pero si existiera un reconocimiento de derechos de la herencia en el testamento anterior, podría suponer un problema para los restantes herederos, normalmente los hijos comunes o no comunes y la actual pareja o familiares.

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¿Y si ya te has vuelto a casar o tienes nueva pareja?

Si una persona se ha divorciado y ha vuelto a rehacer su vida con una nueva pareja o matrimonio, será un motivo más grande aún para firmar u nuevo testamento. Cada vez que una persona tiene un cambio de vita, como puede ser dejar una relación sentimental formal o un matrimonio o iniciar pareja formal o matrimonio, así como deudas o bienes que modifiquen la situación patrimonial, convendría hacer un nuevo testamento.

  1. Cómo afecta al testamento una nueva unión

La pareja como norma general no tiene derecho a la herencia, por ello, de querer que sí tenga un derecho, por ejemplo, quedarse con el usufructo de la vivienda, debería de establecer expresamente en el testamento.

  2. Ajustes en disposición patrimonial y tutores

En vez de hacer ajustes en la disposición patrimonial o tutores, lo que convendrá después del divorcio es firmar un nuevo testamento. Las modificaciones de testamento no son comunes ni son prácticas, pues supone una duplicidad de documentos vinculantes.

 

Preguntas frecuentes (FAQ)

A continuación, resolveremos algunas de las preguntas más frecuentes de clientes con relación a si es conveniente hacer testamento después del divorcio. La respuesta es que depende. Lo conveniente es que siempre se realice un estudio por abogados matrimonialistas que puedan asesorar globalmente en función de las específicas circunstancias de la familia.

  1. ¿Un testamento previo sobrevive tras el divorcio?

Los testamentos sobreviven al divorcio y cualquier otra circunstancia personal. Un testamento válido sólo podrá ser revocado por otro testamento o revocación expresa (infrecuente). El problema es que las personas no suelen preocuparse por el testamento hasta que ven la posibilidad de perder la vida o enfermar hasta el límite de no poder tener capacidad de otorgar un nuevo testamento. Un testamento se modifica por otro posterior y así sucesivamente hasta la muerte.

  2. Puedo desheredar al excónyuge aunque el testamento siga vigente?

Para desheredar a una persona que no es heredera forzosa, como ocurre con un excónyuge, será tan fácil como otorgar un nuevo testamento que no le incluya. Los herederos forzosos son los que no pueden ser heredados salvo que concurra cusa legal para ello. Al no ser heredero forzoso el excónyuge después de la separación o divorcio, lo conveniente es otorgar un nuevo testamento en el que conste que la persona está separada o divorciada y que no incluya a su excónyuge.

  3. ¿Sirve el testamento notarial anterior?

No es aplicable como normal general ningún testamento anterior, pues todos los anteriores quedan sin efecto con un nuevo testamente. Existen excepciones como es el reconocimiento de hijos, que una ves reconocido en un testamento, se mantiene a pesar de realizar posteriores testamentos.

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Consejos prácticos para proteger a tus hijos

A continuación, vamos a analizar algunas cuestiones prácticas de cara a la correcta protección de los hijos en casos de separaciones y divorcios en los que se protejan adecuadamente sus intereses sucesorios:

  1. Nombrar tutor o administrador independiente

Si son menores o tienen la capacidad modificad, será conveniente nombrar y proponer a un tutor o administrador independiente y de confianza. Debemos de entender que el deseo del padre o madre que fallece se va  a tener muy en cuenta, pero no es automático, pues requiere e visto bueno judicial en caso de custodia y que la persona acepte el cargo y responsabilidad.

  2. Evitar conflictos patrimoniales en el futuro

La intención es evitar conflictos en el futuro, a dicho efecto es muy recomendable incluir la cautela sucini, que permite que, si alguno de los herederos no acepta los términos del testamento y acaban en pleitos, el heredero que no acepte el testamento verá reducida su herencia hasta la mínima estricta que le corresponda.

  3. Revisar el testamento cada cambio familiar

Es conveniente que cada vez que se produzca un cambio en la vida, se estudie si es necesario otorgar un nuevo testamento que deje sin efecto el anterior que dejaría de corresponderse con la mejor opción y circunstancias coetáneas.

Es conveniente otorgar un nuevo testamento en los siguientes casos:

  • Separación o divorcio.
  • Reconciliación.
  • Pareja formal.
  • Nacimiento de nuevos hijos.
  • Fallecimientos.
  • Aumentos o reducción patrimonial sustancial.

 

Conclusión

En conclusión, se debe de valor los efectos del divorcio en el testamento y actualizar el testamento pos-divorcio, especialmente el testamento con hijos y tras separación o reconciliación matrimonial.

Los testamentos son secretos y privados, pero es correcto hacer partícipes a nuestro abogado de confianza y a los seres queridos que consideramos oportuno. Hay que utilizar el sentido común y hacer las cosas bien y a tiempo.

  1. Reflexión final: actuar rápido y con claridad

Nuestro testamento se debe de corresponder con nuestros deseos y nuestra vida. Cada vez que se produzca un cambio en nuestra vida deberemos de replantear si nuestro testamento se corresponde con las necesidades y deseos familiares actuales.

Se debe de actuar rápido, pero sobre todo bien. Ante la duda, mantener la situación y esforzarse en aclararse y, una vez están las cosas claras, hacer un nuevo testamento que dejará sin efecto los anteriores. El coste de un testamento es de unos 80 o 100 euros y para ello no es necesario abogado, pero sí conveniente para tomar las mejores decisiones para nosotros y nuestros seres queridos.

  2. Recomendación: asesoramiento profesional en sucesiones

El asesoramiento de familia y de sucesiones es primordial para coordinar la vida que se tiene con nuestros seres queridos y la continuidad de esta en el momento en el que por desgracia fallezcamos. Las personas no tienen pensado divorciarse cuando se casan, pero la realidad es que se divorcia la mayoría, un 60%. Cuando las personas tienen una edad joven y salud no se preocupan por el testamento, pero la muerte si que es algo que ocurrirá a toda persona. Por ello debemos de ser conscientes de que nuestro testamento debe de ser el deseado para que nuestro esfuerzo de toda la vida redunde en beneficio de las personas que queremos, a las que podamos reforzar con nuestro patrimonio y no complicarles la vida con pleitos innecesarios.

Un buen testamento evita conflictos, gastos y pleitos.

Alberto García Cebrián

Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.

2 respuestas

  1. Tengo 75 años, divorciado desde hace 20, con testamento realizado ante notario hace 50 años.sigue teniendo validez? Se puede revocar unilateralmente o es preciso la revo. cación de ambos. Ex cónyuges?

    Gracias.

    1. Buenos días

      Cada persona tiene su propio testamento y es secreto. El hecho de que una persona diga que ha hecho un testamento, no impide que en cualquier momento posterior lo modifique. Es tan fácil como acudir a otra notaria para firmar un nuevo testamente y, el nuevo testamento revoca todos los anteriores.

      Si cuando otorgo testamento estaban casados y ahora están divorciados, lo correcto es firmar un nuevo testamento, pues en su momento su cónyuge era heredera legítima y ahora no, habría que ver la redacción de ese testamento, pero si lo hizo estando casados, lo mejor es que realice uno nuevo. El otro cónyuge es recomendable igualmente que hiciera lo mismo, pero es algo muy personal, cada uno decide cuando y cómo hacer su propio testamento. Los testamentos no se suelen revocar, sino hacer uno nuevo que revoca cualesquiera anteriores.

      Gracias un saludo

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