La actualización de pensión de alimentos de los hijos debe de efectuarse conforme conste en la sentencia o convenio de separación o divorcio. Lo más habitual es que la actualización sea conforme variaciones experimentadas por el IPC, lo que se calcula en la página oficial del INE. https://www.ine.es/calcula/
Para actualizar la pensión de alimentos en 2026, 2027, 2028 y todos los años siguientes se calcula mediante el mismo sistema. Las actualizaciones finalizarán en el momento en el que deje de ser procedente la pensión de alimentos por adquirir el hijo o hija la independencia económica.
Contenidos
¿Qué es la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos es aquella prestación económica que conforme a una resolución judicial o escritura notarial debe de abonar uno o ambos progenitores a favor de sus hijos para atender sus necesidades ordinarias. El hecho de que uno de los progenitores pague la pensión de alimentos en dinero, no quiere decir que el otro si no paga pensión no contribuya a las necesidades de los hijos, pues también se contribuye en especie procurando directamente todo lo necesario para el desarrollo de la vida de los hijos: alimentación, vestuario, higiene, vivienda, suministros, educación… etc.
Definición y finalidad
La actualización de la pensión de alimentos es el cálculo de porcentaje de variación que debe aplicarse a una pensión alimenticia de manera correlativa al índice de valoración que en la inmensa mayoría de los casos es el IPC.
La finalidad es que la pensión de alimentos siga pudiendo cubrir las mismas necesidades con el paso del tiempo. Con la pensión de alimentos lo que se cubre son unas necesidades que fluctúan en el tiempo, de manera que para seguir pudiéndolas sufragar se debe de actualizar y así que no exista una falta de correspondencia entre el importe de la pensión de alimentos con las necesidades que debe cubrir por la desactualización que se pueda producir con el paso del tiempo.
El cómo actualizar pensión alimentos España es fácil, pero si tiene dudas, puede consultar con nuestros abogados de familia.
Obligación legal anual
La actualización es una obligación legal anual conforme se indique en el convenio regulador o sentencia de divorcio. Lo normal es que la actualización se efectúe desde la fecha de notificación de la sentencia a las partes, salvo que expresamente conste lo contario.
¿Por qué actualizarla en 2026?
La pensión debe de actualizarse todos los años conforme variaciones experimentadas por el IPC publicadas por el INE o, en su defecto, por el sistema que así conste expresamente en la sentencia. Cada año debe de actualizarse, tanto en 2026 como en todos los siguientes y será la manera de evitar la pensión quede desactualizada o que, si no se actualiza en varios años se produzca una subida de varios años que pueda entenderse como más gravosa para la parte que la abona.
Estos últimos años la inflación ha subido extraordinariamente, tanto los gastos de vida como suministros, alimentación… etc. Para que la pensión acordada siga siendo acorde a las necesidades que debe de cubrir es necesario la actualización especialmente en este año 2026 y anteriores.
Es muy importante tener en cuenta que las cantidades que no hayan sido reclamadas a los 5 años no podrán reclamarse por ejecución civil y por tanto se perderán.
Protección del poder adquisitivo ante la inflación
Lo que se trata es de proteger a los menores y que tengan cubiertas sus necesidades con la pensión de alimentos. La inflación supone que el coste de la vida en general está más caro. El problema es que los ingresos no suelen subir de manera correlativa a esa inflación y por ello es tan importante calcular adecuadamente tanto la pensión inicial como la actualización que en cada año corresponda de la pensión de alimentos.
IPC estimado 2026‑2027 (~3,1 %)
El IPC estimado es estimado y suele ser de un 3 ó 4% aunque ha habido años hasta negativos y años que ha llegado hasta el 10%. Lo normal es en torno al 4 ó 4% como previsiblemente ocurrirá en 2026.
La pensión alimentos anual con IPC tiende a subir y cada vez la base para el cálculo aumenta conforme se va actualizando. Esto supone que es frecuente que las pensiones de alimentos establecidas para niños pequeños se acaben superando el doble del importe en los últimos años previos a la independencia económica de los hijos.

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Tipos de cláusulas de actualización
Existen varias maneras de actualizar la pensión de alimentos. La más frecuente es que la actualización se efectúe en el mismo mes de años siguientes, pero existe la posibilidad de fijar dicha actualización a fecha 1 de enero de cada año, lo que a algunas personas les ayuda a simplificar las cantidades y así saber que cada año se tiene que pagar una cantidad concreta.
Actualización anual en enero
Las actualizaciones anuales para efectuar en todos los meses de enero de cada año son fáciles de calcular y gestionar, pues al coincidir con los años naturales se pueden calcular para todo el resto de año y así no tener que estar echando cuentas de los meses que actualiza y que cada parte de un año tenga un importe diferente.
Fecha a fecha según sentencia o convenio
Es frecuente que en la sentencia o convenio regulador de divorcio se establezca que la pensión de alimentos se actualiza conforme variaciones del IPC en función del punto de partir de la fecha de convenio o sentencia. Habrá que analizar caso por caso lo que indica en la resolución de familia para aplicarlo conforme a sus términos concretos.
Debemos de distinguir tres momentos diferentes que en cada caso habrá que interpretar en función de la redacción de la regulación:
- Fecha del convenio regulador.
- Fecha de sentencia.
- Fecha de notificación de la sentencia a las partes por medio de su procurador.
Sin fecha concreta (anual variable)
En casos en los que existiera una lagua o una redacción ambigua se deberá de aplicar la anualidad a partir de la fecha de sentencia que es la que aprueba las medidas paternofiliales y de entre todas ellas la pensión de alimentos. Como es aplicable desde la sentencia en casos ambiguos se tiende a interpretar que es desde la notificación de la sentencia a las partes.
Pasos para actualizarla
Los pasos para la actualización de la pensión de alimentos es tomar como punto de partida la cantidad inicial y el mes y año de actualización. Es importante tener en cuenta que hasta que no pasan unos días del mes concreto a actualizar el sistema no lo computa. Es por una cuestión práctica pues los cálculos del INE no pueden efectuarse hasta que transcurre el mes y tienen un tiempo hasta que los elaboran y publicación.
Revisar sentencia o convenio regulador
Para revisar sentencia o convenio regular el punto de partida es el inicio y cada año se tiene en cuenta la renovación anual. Se puede ir calculando año por año o, en caso de no haberlo calculado en años anteriores, pasar a calcularlo de mes y año al año subsiguiente correspondiente.
Utilizar herramienta del INE “El IPC en un clic”
Puede acceder a la herramienta online del INE para calcular la variación de IPC cómodamente a un solo clic:
Calcular actualización pensión de alimentos IPC de INE. https://www.ine.es/calcula/
La revisión de pensión de alimentos de IPC en 2026 supone aumentar la pensión alimentaria en 2026 respecto de la cantidad anterior de 2024. Así ocurre sucesivamente cada año normalmente, que tienda a revalorizarse al alza, aumentado. A pesar de ello es posible que existirá una corrección a la baja si el IPC fuera negativo, lo que no suele pasar. En estos casos habría que ver si se ha indicado que no se aplicarán actualizaciones negativas.
Calcular nuevo importe
Para calcular el nuevo importe es tan fácil como hacer constar el importe, mes y año de inicio de cálculo y mes y año de cálculo final. El resultado del cálculo será un porcentaje y una nueva cantidad que será la que se deberá aplicar en adelante durante dicha anualidad conforme actualización.

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Comunicación del nuevo importe
La comunicación del nuevo importe es conveniente efectuarse de modo fehaciente, siendo el medio más recomendable el correo electrónico, pues son todo ventajas:
- Método gratuito.
- Permite acreditar la comunicación.
- Bien utilizado reduce conflictos y malentendidos.
Aunque realmente no es necesaria la notificación pues es el progenitor obligado al pago el que deberá de hacer la actualización sin necesidad de requerimiento para ello.
Notificación al otro progenitor (correo o burofax)
La comunicación al otro progenitor puede aprovechar la comunicación para que quede constancia de posibles cantidades pendientes de todos los conceptos:
- Pensión de alimentos ordinaria.
- Gastos extraordinarios.
- Actualizaciones de pensión de alimentos.
Evitar futuros incumplimientos
Para evitar futuros incumplimientos lo mejor es entrar en una dinámica saludable en el que las partes no se enfrenten, sino que colaboren para la correcta aplicación de la regulación. Hay que ser razonables, no hay que aplicar las disposiciones de manera estricta, sino flexibilizarlas en función de las circunstancias de los progenitores y sobre todo en atención de las necesidades de los hijos.
¿Y si no se actualiza?
Si no se actualiza no pasa nada. Lo correcto y recomendable es dar cumplimiento a la regulación, incluyendo la actualización de a pensión de alimentos. Pero si así lo deciden es perfectamente posible no actualizar la pensión de alimentos. De hecho, en ocasiones será incluso justo y procedente en atención a las circunstancias familiares.
Se debe de valorar en su conjunto la regulación. Se valora la capacidad económica de los progenitores, las aportaciones dinerarias, los acuerdos posteriores, las prestaciones en especie, tiempo de dedicación a los hijos.. etc. Siempre será mejor un acuerdo familiar pacífico que evite tensión y permita que los hijos se críen en un entorno pacífico y seguro que les proteja de discordias y damo familiar.
Ejecución de sentencia para reclamar atrasos
La ejecución de sentencia para reclamar atrasos requiere la interposición de demanda. Es conveniente pedir presupuesto de abogado y procurador antes de interponer la demanda y valorar si merece la pena en relación con la previsión de pago del otro progenitor. De no considerarse viable el cobro habría que valorar si merece la pena la reclamación, pero no incurrir en procesos, gastos, plazos y trámites infructuosos.
Plazo de reclamación: últimos 5 años
El plazo para la reclamación de pensiones de alimentos impagadas, incluyendo la actualización que no se hubiera efectuado y abonado tiene un plazo para la reclamación de 5 años. Pasados los 5 años ya no sería reclamable aquella cantidad que no se hubiera reclamado. Una vez reclamado se pueden ir ampliando cantidades en caso de que el incumplimiento continue.

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Opciones si el IPC baja o cambia la situación económica
Las opciones de que el IPC cambie a la baja serán aplicables la reducción, a no ser que se haya indicado que no será aplicable IPC negativo, lo que no suele estar en la mayoría de los convenios y sentencias de separación y divorcio. Si cambia la situación económica de los progenitores, principalmente del progenitor que debe de abonar la pensión, puede proceder un cambio de la cantidad que se paga de pensión en caso de concurrir en cambio sustancial que así lo haga procedente en el conjunto de las circunstancias concurrentes.
Cláusula para evitar reducciones si IPC es negativo
Existe la posibilidad de establecer en el convenio regulador una cláusula que tenga la previsión de que en caso de que el IPC sea negativo no sea aplicado, pero es discutible que sea justo y procedente, pues en definitiva se supone que la pensión cambie en función del cambio de precios de los bienes y servicios del mercado y esto se mide con el IPC.
Solicitar modificación por cambio de ingresos
Es posible solicitar una modificación por cambio de ingresos, tanto a la baja si se reducen los ingresos del progenitor que abona la pensión, como al alza en el caso de que suban o mejor se situación. En ambos casos no es algo automático o que proceda en todos los casos, pues nos supondría estar con constantes cambios, disputas e inestabilidad. Sólo procederá modificación del importe de pensión cuando el cambio de ingreso so cualquier otra circunstancia relevante suponga un cambio sustancial.
Recomendaciones legales
Las recomendaciones legales deben de ser aplicables caso por caso. La pensión de alimentos es de los hijos, no de los progenitores y no es correcto mercadear con ella. Es por ello que debe de ser justa, la procedente, sin que posibles intereses de los progenitores distorsionen la procedencia de una u otra cantidad.
Incluir cláusula de actualización en nuevos convenios
En todo convenio o regulación de alimentos de hijos comunes constará una cláusula de actualización, de manera que habrá que atener en primer lugar a leer con detenimiento la regulación para proceder a aplicarla como proceda.
Llevar un control anual
Llevar un control anual es importante, para saber cuándo se actualiza, que ambos progenitores lo tengan claro y que lo puedan actualizar, prever y aplicar pacíficamente. No debería de ser un motivo de disputa pues son cuestiones objetivas que no requieren interpretación.
Resumiendo
La actualización de la pensión de alimentos es justa, procedente y razonable pues ajusta la prestación alimenticia de los hijos para los cambios en los precios de productos y servicios que son necesario para el sustento de los hijos. Lo bueno es entender esta actualización como una solución para no tener que estar discutiendo o cambiando la regulación con los constantes cambios de vida que se pueden producir a los largo de la aplicación del convenio o sentencia, desde que se declara hasta que los hijos son independientes económicamente y por tanto finaliza la obligación de pago de pensión de alimentos.
Pasos clave
El resumen de los pasos clave para aplicar correctamente la pensión de alimentos y sus actualizaciones posteriores son:
- Asesorarse y contar con el apoyo de su abogado, que puede ser común, para guiar en la aplicación de la actualización, sobre todo muy importante en los primeros años.
- Mantener la calma, actitud de empatía familiar en relación a la relación con el otro progenitor. Ser comprensivos, mantener actitud tender al entendimiento.
- Rebajar la tensión y no entrar en pleitos o disputas innecesarias, contraproducentes o injustificadas.

Alberto García Cebrián
Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.











4 respuestas
Como podría actualizar la sentencia. Osea hacerle ver que hay que pagar el ipc, que no quiere.
Buenas tardes.
No hay que cambiar la sentencia de divorcio para actualizar el IPC de la pensión de alimentos, pues lo normal es que ya venga así determinado en la resolución. Usted si quiere que le abonen la cantidad actualizada lo correcto es pedirlo y recordarlo al otro progenitor con tiempo: Hablando, mediando, correo electrónico, mensaje de whatsapp incluso burofax si quiere efectuarlo de la manera fehaciente.. etc etc.
Es incluso recomendable que le facilite la actualización que puede calcular en el siguiente enlace:
https://www.ine.es/calcula/
En caso de que no actualice la pensión usted tiene el derecho a ejecutar en proceso judicial reclamando la cantidad pendiente no actualizada, junto a las restante que se pudieran adeudar. Es importante que tenga en cuesta que sólo podrá reclamar aquello que le adeude en los últimos 5 años.
Gracias
Desde cuando tengo derecho a actualizar la subida de la pensión por IPC, si nunca se ha hecho y la sentencia es de 2009?
Buenas tardes
Si en la sentencia en la que se fija la pensión de alimentos de los hijos se indica que se actualiza conforme variaciones experimentadas por el IPC, con independencia de que antes no lo haya hecho, lo puede hacer en la cantidad actualizada que corresponda actualmente. De hecho, tiene derecho a reclamar los últimos 5 años tanto en la pensión de alimentos incluyendo la actualización correspondiente.
Gracias un saludo