¿Qué Sucede si un Cónyuge Tiene una Vivienda Comprada Antes del Matrimonio? Implicaciones Legales y Económicas

Una vivienda comprada antes del matrimonio por uno de los cónyuges será privativa como normal general, o lo que es lo mismo, a pesar del matrimonio, se mantendrá la propiedad a favor de ese cónyuge.

El hogar de un matrimonio es de vital importancia, pero de sus derechos, obligaciones y derecho de crédito se derivarán una serie de intereses familiares que deberán de concretarse y aclararse a los efectos de adaptar las decisiones familiares al proyecto de vida común y esfera individual de los cónyuges.

Diferencia entre Bienes Privativos y Gananciales

Una propiedad privativa o ganancial será totalmente diferente. Para empezar debemos de aclarar qué es el régimen económico matrimonial. Actualmente el 92% de los matrimonios se casan en régimen de separación de bienes, por lo que en dichos casos, será claro que la vivienda es privativa, pues no cabe otra opción, con independencia de que exista una copropiedad entre ambos cónyuges por mitades o en la proporción que corresponda.

Definición de Bienes Privativos

Los bienes privativos son aquellos que corresponden a los cónyuges a título individual. Es posible de tener bienes privativos por adquisición anterior al matrimonio o por adquirirlos durante el matrimonio en régimen de separación de bienes, con independencia de que sea por parte de uno en el pleno dominio del inmueble o compartido en proporción, caso en el que nos encontraremos ante un proindiviso.

Definición de Bienes Gananciales

Los bienes gananciales son aquellos bienes y deudas comunes del matrimonio que se van creando a partir de la celebración del matrimonio. Serán tanto los bienes adquiridos a partir del matrimonio si los cónyuges tienen el régimen de sociedad de gananciales, como los frutos y rentas de bienes privativos a partir del matrimonio en gananciales.

¿Necesitas Asesoramiento Legal sobre Temas de Familia?Podemos Ayudarte

¡Ayudadme!

Impacto del Régimen Económico Matrimonial

El impacto del régimen económico matrimonial será fundamental, pues de él se deriva la naturaleza y titularidad década uno de los bienes y deudas. La gran mayoría de los matrimonios españoles no saben la repercusión de los diferentes derechos y obligaciones e incluso lo que es peor, algunos creen que los conocen pero realmente incurren en errores relevantes que pueden causar malentendidos y problemas de entendimiento.

Régimen de Gananciales

El régimen de gananciales supone que cuando alguno de los cónyuges tiene una vivienda privativa y se casa la pareja en gananciales y se sigue pagando hipoteca con dinero ganancial se produce un derecho a compensar. Si bien es cierto que la vivienda privativa sigue siendo privativa como normal general, la hipoteca abonada por el matrimonio en régimen de gananciales constituirá u derecho de crédito a favor de la sociedad de gananciales, que en su conjunto, en todos su derechos, obligaciones, bienes y deudas corresponderá por mitades a los cónyuges al tiempo de la liquidación.

Régimen de Separación de Bienes

El régimen de separación de bienes suele ser más fácil de entender, pero no por ello será mejor o peor. Lo importante será conocer las peculiaridades de cada régimen económico matrimonial. La separación de bienes supone que cada bien y deuda le corresponde a cada cónyuge a título individual. Todo ello sin perjuicio de que pueda existir una cotitularidad de cuentas bancarias, bienes o deudas.

Régimen de Participación

El régimen de participación tiene un carácter residual en España. El régimen de participación supone un régimen en el que los cónyuges tienen una participación en las ganancias del otro, pero reiteramos que se produce en muy pocos casos.

Vivienda Comprada Antes del Matrimonio y Pagos Durante el Matrimonio

Si existe una vivienda comprada antes del matrimonio pero con pagos efectuados durante el matrimonio para el pago de la hipoteca, o reformas o mejoras supondrá un posible derecho de crédito.

Pagos de Hipoteca con Dinero Ganancial

Los pagos de hipoteca con dinero ganancial de una vivienda comprada antes del matrimonio por uno de los cónyuges o la comprada por ambos cónyuges pero en proporción diferente al 50% supondrán un derecho de crédito respecto el ajuste que proceda hacer en la sociedad de gananciales. Para entenderlo sencillo, al no ser propietaria la sociedad de gananciales de la vivienda pero pagar unos gastos de hipoteca, el propietario tendrá un derecho a reembolsar el dinero abonado por la sociedad de gananciales por hipoteca, gastos de reformas o mejoras.

Reembolso a la Sociedad de Gananciales

El reembolso a la sociedad de gananciales de las cantidades destinadas al pago de hipoteca, reformas o mejoras en la vivienda privativa de uno de los esposos o copropiedad en porcentaje diferente del 50% supondrá un derecho a compensar en el activo de la sociedad de gananciales.

¿Necesitas Asesoramiento Legal sobre Temas de Familia?Podemos Ayudarte

¡Ayudadme!

Uso de la Vivienda como Domicilio Familiar

El uso de la vivienda como domicilio familiar sí que tiene un gran peso. Es muy importante tener en cuenta la propiedad del inmueble, pero también si es destinada a domicilio familiar.

Implicaciones Legales

Que un bien inmueble sea destinado a domicilio familiar en determinados casos podría suponer que con el paso del tiempo pudiera constituir vivienda común por haber sido destinado de manera principal a vivienda familiar.

Derechos de Uso en Caso de Divorcio

En casos en los que una vivienda es destinada a vivienda familiar deberá de valorarse el derecho de uso al tiempo de la guarda y custodia de los hijos, separación o divorcio, pues se debe de valorar además de la propiedad del inmueble:

  • La custodia de los hijos comunes menores de edad.
  • La posibilidad de que uno de los cónyuges sea el más desfavorecido.

Consideraciones en Caso de Divorcio o Separación

Se deben de valorar diversas consideraciones en caso de separación o divorcio. Se debe de valorar la distribución de la propiedad, compensaciones económicas y demás cuestiones familiares.

Distribución de la Propiedad

La distribución de la propiedad deberá de efectuarse después de un correcto asesoramiento legal. Si la vivienda ha sido comparada por uno de los cónyuges antes del matrimonio o en separación de bienes como normal general será de dicho propietario.

Compensaciones Económicas

Pueden existir legalmente derechos a compensaciones económicas. De hecho, siendo realistas, las familias se construyen sin tener las pautas legales correctas y después al tiempo de la separación o divorcio muchos efectos no han sido los previsibles para los cónyuges. Por ello hay que ponderar cada situación de manera individualizada pues en ocasiones cuando los cónyuges van al abogado al tiempo del divorcio o separación se pueden llegar a situaciones que conforme criterio legal pueden ser injustas, por lo que siempre será mejor ponderarlas con sentido común para que los cónyuges puedan tomar decisiones conscientes, justas y razonables.

¿Necesitas Asesoramiento Legal sobre Temas de Familia?Podemos Ayudarte

¡Ayudadme!

Conclusión

Los derechos sobre vivienda en matrimonio deberán de valorarse en cada caso. No será lo mismo en casos en los que exista una sola vivienda que en caso de pluralidad de propiedades. El régimen económico matrimonial será de vital importancia. También los acuerdos, pactos y decisiones que se hayan ido desarrollando a lo largo del matrimonio.

Recomendaciones Legales

Las recomendaciones legales es que haya una planificación familiar que incluya el aspecto legal desde el primer momento. El problema es que frecuentemente los cónyuges no se han preocupado de los aspectos patrimoniales y legales de su matrimonio hasta que no llega el momento de la separación o divorcio.

Importancia de Asesoramiento Profesional

El asesoramiento profesional permita buscar las mejores soluciones legales adaptadas a las necesidades familiares. Hay que tener en cuenta:

  • El régimen económico matrimonial.
  • La titularidad de la vivienda.
  • Los posibles derechos de crédito y reembolso.
  • Hijos y regulación paternofilial.
  • La situación de cada cónyuge por si fuera procedente una pensión compensatoria.
  • La dedicación a la familia en caso de matrimonios en separación de bienes a los efectos de analizar si es procedente una pensión indemnizatoria.
Alberto García Cebrián

Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.

Abogados Cebrian

PRECIOS DIVORCIO AMISTOSO 2024

Divorcio Express Judicial:
150€
por cónyuge

Servicio en todos los Juzgados de España

ABOGADO, PROCURADOR e IVA incluido

Divorcio Express Notarial en Madrid: 200€ por cónyuge

ABOGADO, NOTARIO e IVA incluido

Video del divorcio saludable

Últimos posts

Call Now Button