Abogados de derecho colaborativo en Madrid

Divorcio colaborativo: acuerdos sin juicio, cada uno con su abogado

Negociamos tu divorcio, la custodia de los hijos o el reparto de bienes en reuniones a cuatro, sin pasar por un pleito. Y desde 2025 el derecho colaborativo cuenta como intento de acuerdo previo obligatorio antes de acudir al juzgado.

✓ Primera consulta gratuita✓ Colegiado ICAM 85.585✓ Válido como MASC (LO 1/2025)
Derecho colaborativo en 3 claves
  • Cada parte tiene su propio abogado en todas las reuniones.
  • Los abogados se comprometen a no ir a juicio: todo el esfuerzo va al acuerdo.
  • Lo que se habla es confidencial y no puede usarse después en un pleito.

¿Qué es el derecho colaborativo?

El derecho colaborativo es una forma de resolver un conflicto familiar negociando en lugar de litigando. Cada parte cuenta con su propio abogado colaborativo y los cuatro (vosotros dos y los dos abogados) os sentáis a buscar un acuerdo que funcione para toda la familia, y especialmente para los hijos.

La diferencia con una negociación normal es que los abogados firman que no llevarán el asunto a juicio. Si el proceso no termina en acuerdo, ambos se apartan. Ese compromiso cambia la dinámica: nadie prepara el pleito mientras negocia, y toda la energía se dedica a encontrar una solución.

Cada uno con su abogado

A diferencia de la mediación, tienes a alguien que te asesora solo a ti en cada reunión.

Renuncia a los tribunales

Los abogados colaborativos no pueden litigar después ese mismo asunto: su incentivo es el acuerdo.

Confidencialidad

La información compartida en las reuniones no puede utilizarse en un juicio posterior.

¿Cómo funciona un divorcio colaborativo?

PASO 1

Consulta individual

Te escuchamos, vemos tus objetivos y valoramos si tu caso encaja en el proceso colaborativo. Tu pareja elige a su propio abogado colaborativo.

PASO 2

Acuerdo de participación

Los cuatro firmáis las reglas del proceso: transparencia, buena fe, confidencialidad y renuncia de los abogados a ir a juicio.

PASO 3

Reuniones a cuatro

Negociamos custodia, pensiones, vivienda y bienes. Si hace falta, se incorpora un experto neutral, por ejemplo financiero o psicólogo.

PASO 4

Convenio y firma

Redactamos el convenio regulador y lo formalizamos como divorcio de mutuo acuerdo en el juzgado o como divorcio ante notario.

Derecho colaborativo y la Ley de Eficiencia (LO 1/2025)

Para las demandas presentadas desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del Servicio Público de Justicia exige haber intentado antes un medio adecuado de solución de controversias (MASC). Si no se acredita ese intento, el juzgado no admite la demanda.

La ley recoge expresamente el proceso de derecho colaborativo como uno de esos medios. Es decir: además de ser la vía para llegar a un acuerdo, si finalmente no lo hay, el intento deja cumplido el requisito previo para poder demandar.

Medios adecuados (MASC) que recoge la ley
  • Mediación
  • Conciliación
  • Opinión de experto independiente
  • Oferta vinculante confidencial
  • Proceso de derecho colaborativo

Derecho colaborativo, mediación o divorcio contencioso

AspectoDerecho colaborativoMediaciónContencioso
Quién decideVosotros, asesorados por vuestros abogadosVosotros, con un mediador neutralEl juez
Abogado propio en las reunionesSí, cada uno el suyoNo, el mediador no asesora a ninguna parteSí, enfrentados
ConfidencialSíSíNo
Cuenta como MASC previoSíSíEs lo que viene después
Encaja mejor cuandoHay voluntad de acuerdo, pero temas complejos: hijos, empresa, patrimonioEl conflicto es bajo y la comunicación es buenaNo hay ninguna posibilidad de acuerdo

Si el acuerdo resulta imposible, consulta cómo funciona el divorcio contencioso.

¿Qué asuntos se pueden resolver con derecho colaborativo?

Divorcio y separación

Con o sin hijos, incluido el convenio regulador.

Custodia y plan de parentalidad

Custodia compartida, régimen de visitas y reparto de vacaciones.

Pensiones

Pensión de alimentos de los hijos y pensión compensatoria.

Liquidación de gananciales

Vivienda familiar, hipoteca, cuentas y empresa familiar.

Modificación de medidas

Cambios de custodia o de pensión cuando cambian las circunstancias.

Conflictos en herencias

Repartos entre familiares sin llegar a un proceso de división judicial.

¿Cuánto cuesta un divorcio colaborativo?

El precio depende del número de reuniones y de los temas a negociar (hijos, vivienda, patrimonio). Tras la primera consulta, que es gratuita, te damos un presupuesto cerrado por escrito.

Si llegáis a un acuerdo, el divorcio de mutuo acuerdo se tramita después como divorcio express, desde 150 € por cónyuge.

Quiénes somos

Abogados Cebrián es un despacho de derecho de familia en Madrid dirigido por Alberto García Cebrián, colegiado ICAM 85.585. Pensamos que en un juicio de familia todos pierden, empezando por los hijos, y que el mejor juicio es el que se evita con un buen acuerdo.

Por eso trabajamos primero en rebajar la tensión entre las partes: es el paso previo para que cualquier acuerdo sea posible y se cumpla después.

C. Maestro Arbós, 3 · 28045 Madrid · también por videollamada

Opiniones de nuestros clientes

Abogados Cebrian place picture
4.9
Basado en 102 reseñas.
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Ha sido un servicio muy cercano y eficiente. Gracias.
Elena Jorge profile picture
Elena Jorge
07:41 22 May 24
Profesionales de alto valor tanto por sus competencias, como por su desempeño. Profesionalidad, eficiencia, rapidez y un trato humano impecable que se refleja en cada detalle de su desenvolvimiento profesional. Magnifico en todos los aspectos.
Manolo Camara profile picture
Manolo Camara
07:29 07 May 24
Increíblemente eficientes, son amables y comprensivos y estuvieron siempre pendientes de nosotros los recomiendo al 💯
rosa corral profile picture
rosa corral
00:10 27 Mar 24
Quiero dar las gracias a Alberto y su equipo por su gran ayuda, su disponibilidad, su profesionalidad y calidad humana. Nos ha llevado de la mano con amabilidad en un divorcio de mutuo acuerdo. Y a un precio inmejorable. Totalmente recomendable.
Excelente trato
Metro West profile picture
Metro West
15:29 06 Feb 24
Muchas gracias por vuestra atención y consejo. Por ofrecerme información clara y precisa de una manera atenta y diligente. Un placer haberos conocido y poder trabajar con vosotros. Un despacho totalmente recomendable.

Preguntas frecuentes sobre el derecho colaborativo

¿Qué pasa si no llegamos a un acuerdo?

El proceso termina y los abogados colaborativos se apartan del asunto. Cada parte puede contratar a otro abogado para acudir a juicio, y el intento realizado sirve como MASC previo a la demanda.

¿Mi pareja tiene que tener también un abogado colaborativo?

Sí. El método funciona porque los dos abogados están comprometidos con el acuerdo y han renunciado a litigar ese asunto. Cada parte elige libremente al suyo.

¿En qué se diferencia de la mediación?

En la mediación, un tercero neutral facilita el diálogo pero no asesora a ninguna de las partes. En el derecho colaborativo cada uno tiene a su propio abogado defendiendo sus intereses en todas las reuniones.

¿Sirve como requisito previo para presentar una demanda?

Sí. La Ley Orgánica 1/2025 incluye el proceso de derecho colaborativo entre los medios adecuados de solución de controversias que hay que intentar antes de presentar una demanda civil o de familia.

¿Cuánto dura un proceso colaborativo?

Depende de cuántos temas haya que negociar y de la disponibilidad de las partes. Lo concretamos en la primera consulta, junto con el presupuesto.

Primera consulta gratuita

Cuéntanos tu caso y te diremos si el derecho colaborativo encaja. Llámanos al 633 90 90 55 o déjanos tus datos y te llamamos.

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